10 agosto, 2006

Binner cuestionó el dictado de sentencias en el fuero penal de la provincia


"Resulta sumamente grave que en la provincia de Santa Fe, el juzgamiento de los delitos que comprometen la libertad de las personas y el interés de la sociedad toda, se lleve a cabo en procesos donde no se respeten las reglas básicas de imparcialidad y doble instancia debiendo recurrirse a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que estas garantías se vean respetadas en el régimen penal provincial”, señaló el Diputado nacional. Fuente: SM
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El Diputado nacional Hermes Binner presentó un Proyecto de Resolución a través del cual expresa su preocupación por el dictado de sentencias condenatorias en el fuero penal de la Provincia de Santa Fe, en violación a las garantías de imparcialidad de los jueces y de doble instancia, presupuestos mínimos del debido proceso garantizado en el art.18 de nuestra Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos incorporados en el Art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna.

" Un procedimiento penal inquisitivo es aquél que permite que el juez de instrucción investigue, acuse y juzgue, concentrando en una misma persona las diversas etapas del mismo proceso”, sostuvo Binner, recordando que estas características, distintivas del mencionado sistema, fueron incorporadas a la legislación penal argentina en el siglo XIX y, paulatinamente, dejadas de lado para ser superadas por procedimientos modernos acorde a los avances en materia de derechos humanos, civiles y políticos.

Igualmente, el diputado advirtió que en la provincia de Santa Fe, “aún se mantiene este sistema inquisitivo como proceso penal, no obstante a los fallos contrarios a dicho sistema por parte de la Corte Superior de Justicia de la Nación y de las recomendaciones de diversos juristas sobre la materia procedimental penal, tal como quedara registrado en los últimos acontecimientos”, dijo el legislador.

Para finalizar, el socialista afirmó que "resulta sumamente grave que en la provincia de Santa Fe, el juzgamiento de los delitos que comprometen la libertad de las personas y el interés de la sociedad toda, se lleve a cabo en procesos donde no se respeten las reglas básicas de imparcialidad y doble instancia debiendo recurrirse a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que estas garantías se vean respetadas en el régimen penal provincial”.


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