02 agosto, 2006

Intervención en el Congreso Nacional sobre Superpoderes


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Señor presidente: hace pocas semanas debatimos alrededor de los decretos de necesidad y urgencia, y establecimos una comparación, y a la vez, un paralelismo con esta reforma de la ley de administración financiera. Indudablemente, ambas cuestiones reconocen un problema común: se avanza sobre el Estado de derecho, que está basado en la democracia, el pluralismo, y por supuesto, el respeto de la Constitución y las leyes.
En su artículo 75, inciso 8°, la Constitución determina que el Congreso fija el presupuesto de acuerdo con un plan de gobierno. Por su parte, la ley 24.156 de administración financiera establece cómo debe conformarse el presupuesto. Precisamente a partir de la reforma constitucional de 1994 se otorga al jefe de Gabinete de Ministros la obligación de enviar el proyecto de presupuesto al Congreso de la Nación.
En la sesión pasada, en realidad nosotros entendíamos que había mucha más discrecionalidad en el manejo de los decretos de necesidad y urgencia, por cuanto ya se había prefijado que la infravaloración de la inflación y el nivel de crecimiento económico otorgaban un incremento del ingreso del 10 al 12 por ciento, que habría de estar por fuera del presupuesto aprobado. Esto es lo que verdaderamente ha ocurrido.
Nuestro presupuesto estableció la posibilidad de no incluir este año la modificación anual, respecto de los alcances de la ley de administración financiera. Sí contábamos con tales alcances en 2005, y ese año observamos que los cambios de finalidad fueron del 0,6 por ciento, al igual que la modificación de gastos de capital en gastos corrientes, y que la aplicación de las obligaciones del Tesoro a otros gastos fue del 1,2 por ciento. Vale decir que en el año 2005 existió una desviación de aproximadamente el 2,5 por ciento en relación con las modificaciones no permitidas por la ley 24.156 aplicada a rajatabla.
Esta situación, que vivimos con mucha alegría pues significaba un avance democrático del Congreso, de no

incorporar esa libre disponibilidad al presupuesto nacional, en lugar de plantearse como algo anual hoy se presenta como un hecho definitivo que significa en verdad una modificación a la ley 24.156.
Somos conscientes de que el derecho tiene límites porque es fundamental tener en cuenta las situaciones de hecho. Una visión realista debe aceptar que, como todos los sistemas de leyes, la democracia tiene un talón de Aquiles: los hechos, que en determinadas circunstancias son más fuertes que las normas.
Durante los ocho años de gestión en el municipio de Rosario hemos observado en plenitud la ordenanza de contabilidad devenida de la ley orgánica de las municipalidades, y hemos estado bajo el permanente control absolutamente mayoritario del Partido Justicialista y del Tribunal de Cuentas. Cabe señalar que, como rara avis, los miembros de ese tribunal no son designados por el Ejecutivo sino por medio de un concurso libre a cargo de un jurado en el que el Ejecutivo sólo nombra un integrante.
De manera que desde ese punto de vista siempre nos hemos sentido muy controlados, y por suerte, porque parafraseando a quien fuera tres veces presidente de los argentinos, el hombre es bueno, pero si se lo controla es mejor. Siempre hemos aceptado el control como algo fundamental en el ejercicio de la democracia.
También hubo una excepción: diciembre de 2001. En función de un plan de gobierno en diciembre de 2001 esperábamos un ingreso presupuestario de 24 millones de pesos/dólares, e ingresaron 12,5; en enero siguiente ingresaron 12,5; en febrero 13 y en marzo 13,5 millones, con una obligación salarial de 16 millones.
Afortunadamente el concejo municipal nos acompañó y hubo una redistribución de los ingresos totalmente discrecional en función de estos hechos que a veces cambian las defensas del estado de derecho. Con poco dinero privilegiamos los sueldos de los trabajadores por sobre los pagos a los acreedores y decidimos detener la construcción de un nuevo hospital para seguir comprando medicamentos.
Esa fue una decisión muy clara en un momento sumamente grave del país en el que el no reconocimiento de esta situación llevó a la cesación de pagos a veintinueve municipios, entre ellos, para citar a los más numerosos, Mar del Plata, Bariloche y San Miguel de Tucumán. Pero
quiero decirles que esa excepción es la que debemos usar para confirmar la validez de la regla, y utilizar fundamentalmente como un hecho que sostenga la democracia.
La independencia de los poderes que permite que cada uno de ellos realice las tareas que le corresponde nos posibilita avanzar en este Estado de derecho que debe ser habitual.
Después de catorce años de existencia de la ley de administración financiera es necesario modificarla en función de esta nueva realidad que estamos viviendo con estabilidad, crecimiento económico y gran demanda de igualdad social. Obviamente resulta indispensable plasmar todo esto en una nueva norma. Por lo tanto, debería ser un compromiso de este Honorable Congreso de la Nación la elaboración de esta ley que permita una integración entre los deberes y los derechos, con el convencimiento de que hay que aplicar este principio fundamental de la flexibilidad presupuestaria. Negar esto implica negar que vivimos en un país como Argentina, integrante de América Latina. No vivimos en Suecia, Canadá o Suiza; vivimos en Argentina. Entonces, tener esta flexibilidad presupuestaria debe ser también un derecho del Poder Ejecutivo para poder gobernar determinadas situaciones; pero hay que establecer límites, pautas y situaciones, y todo ello debe ser plasmado –reitero en una nueva ley de administración financiera.
El Parlamento debe tener participación en las situaciones de emergencia. Por eso creemos que hay que establecer pautas claras al Poder Ejecutivo, pero también respecto del fortalecimiento de la democracia y de las instituciones. Como decía Bobbio la democracia puede vivir si en la sociedad existe un arraigado hábito democrático, y tenemos que fundar cada vez más ese arraigado hábito democrático con ejemplos de arriba hacia abajo. El ejemplo de dignidad, el ejemplo de transparencia, deben darse de arriba hacia abajo. No podemos echar la culpa a la gente que menos tiene; nosotros, los que tenemos mayor responsabilidad, debemos elaborar las mejores leyes para ayudar al mejoramiento de esta democracia representativa y no delegativa, respetando los principios básicos de los derechos de todos los habitantes de la República Argentina.
Por las razones expuestas no vamos a acompañar este proyecto. Sin embargo, propiciaremos una nueva ley de administración financiera que después de catorce años interprete lo que está ocurriendo hoy en nuestro país.

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