15 febrero, 2006
Binner pide una Comisión Parlamentaria Binacional para tratar el tema de las papeleras
El objetivo es “entablar un diálogo y generar el consenso necesario” para resolver el conflicto por la instalación de estas fábricas en las orillas del río Uruguay. Fuente: SM
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El diputado nacional por el Socialismo, Hermes Binner, presentó ayer un proyecto de Resolución que establece la constitución de una Comisión Parlamentaria Binacional argentino-uruguaya con el fin de entablar un diálogo y generar el consenso necesario que ayuden a la resolución del conflicto producto de la instalación de dos plantas de pasta de papel en el margen oriental del río Uruguay.
El ex intendente rosarino se basa en el artículo 41 de la Constitución Nacional , que consagra el derecho a la defensa del medio ambiente y los recursos naturales.
En sus fundamentos el proyecto expone que “el Mercosur fue concebido con la idea de una integración plena que comprenda no sólo los aspectos económicos sino el ámbito social, cultural y medioambiental. Es así que resulta imperioso que la instalación de fábricas de pasta de papel en la República Oriental del Uruguay no implique un obstáculo que impida la integración del Mercosur, ni dañe los profundos lazos de hermandad entre nuestros pueblos. Asimismo, entendemos la lógica preocupación de los ciudadanos argentinos que habitan en esta orilla del Río Uruguay, y su reclamo por un medio ambiente sano y sustentable”, sostiene Binner.
“El Río Uruguay es un espacio único de dos orillas, cuyo límite fue establecido por el tratado del Río Uruguay de 1916”, agrega el texto de la iniciativa.
“El estatuto del Río Uruguay (De Facto de 1976) en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7º del Tratado de Límites del Río Uruguay del 7 de abril de 1961 tiene como fin ‘establecer los mecanismos comunes para el óptimo y racional aprovechamiento del Río Uruguay y en estricta observancia de los derechos y obligaciones emergentes de los tratados y demás compromisos internacionales vigentes para cualquiera de las partes'. Por el mencionado estatuto se crea la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), cuyo plan de protección ambiental establece: la preservación y protección del Medio Ambiente en la cuenca del Río Uruguay; la prevención, mitigación de efectos y vigilancia de los recursos; el fortalecimiento de los municipios como organismo activos en tareas de protección ambiental; la implementación de un sistema de información que permita el uso compartido de datos ambientales en toda el área de aplicación del plan”, concluye el proyecto.
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